Requisitos para el Refrendo de Vehículos Decreto Legislativo No. 45-2016, Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial.

Requisitos para el Refrendo de Vehículos Decreto Legislativo No. 45-2016, Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial.

1-Solicitud dirigida al jefe del Departamento de Tránsito (Licenciada Sara Bolaños), con carta membretada de la empresa que solicita.

2-Fotocopia del listado de los vehículos que necesitan refrendo (Provial).

3-En caso sean sociedades mercantiles presentar fotocopias del nombramiento del representante legal y de su Documento Personal de Identificación (DPI).

4-En caso sean empresas mercantiles se debe presentar fotocopia de la patente de comercio y fotocopia del DPI del propietario.

5-En el caso del propietario de los vehículos, deberá presentar fotocopia del DPI.

6-Presentar original del certificado (Declaración Jurada).

7-Fotocopia de la tarjeta de circulación.

8-Original de constancia de solvencia de multas de tránsito extendida por el Departamento de Tránsito.

9-En caso de que la persona ingrese o retire el o los expedientes y no sea el propietario o representante legal, debe tener una nota de autorización, con la copia del DPI de la persona que sea asignada para efectuar dicho trámite.

Para realizar el trámite debe descargar y llenar el formulario DT-AJ-001.
Descargar aquí el Formulario DT-AJ-001: Formulario DT-AJ-001-

ATENCIÓN: Para llenar el formulario, se debe agregar el número de trámite a realizar. Encuentre el número del trámite aquí: Anexo de Procesos Jurídicos