Permiso de conducir para personas extranjeras

El extranjero que se encuentre tramitando su Residencia Temporal en Guatemala, podrá solicitar ante el Departamento de Tránsito de la PNC, la expedición de un permiso de conducir (Artículo 24 tercer párrafo del Reglamento de Tránsito).

Este trámite es personal y el permiso solicitado será entregado exclusivamente al interesado.

A continuación se detalla la documentación que debe presentar para el trámite, la cual debe ser presentada en un fólder tamaño oficio con gancho y en el orden respectivo.

1. Solicitud dirigida al Jefe del Departamento de Tránsito de la PNC, indicando dirección y número de teléfono para recibir notificaciones.

2.      Fotocopia legalizada completa de:

a.       Pasaporte

b.      Licencia extranjera

3. Fotocopia de la Resolución emitida por Migración en donde se demuestre su estado migratorio dentro del país (Constancia de trámite de expediente, de su residencia temporal o permanente RECIENTE), presentar dos fotocopias.

4.  Si el extranjero ingresó al país por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores, deberá presentar una fotocopia completa legalizada del Carné de Identificación Diplomática y/o Tarjeta de Identificación, extendido por dicho Ministerio.

5. Si el extranjero ingresó al país  como refugiado deberá presentar Constancia de estatus de refugiado Reconocido si ya tiene autorizado el trámite, si está en proceso deberá presentar la Constancia de solicitud del estatus de Refugiado (cuando está en proceso) o prórroga de status de permanencia provisional (estadía legal de permanencia).

6. Declaración Jurada donde comparezca una persona individual, que se constituya como garante, el cual tiene que ser guatemalteco de origen, por medio del cual haga constar bajo juramento, NO ser garante de otra persona extranjera; hacerse responsable de la estadía en el país del extranjero y de los daños y perjuicios que se ocasionen  en la conducción de vehículos en el territorio guatemalteco, indicando dirección exacta y número de teléfono. En relación al extranjero indicar que solicita al Jefe del Departamento de Tránsito un Permiso de Conducir, su nombre, número de pasaporte y lugar donde fue extendido.

7. Fotocopia de DPI legalizada del garante guatemalteco; presentar y confrontar firma con DPI original.

8. En caso que el solicitante tuviese licencia de conducir extranjera y se encuentre vencida deberá presentar certificado de aprobación de examen teórico y práctico por una Academia autorizada por parte de el Departamento.

9.  En caso de carecer de licencia extranjera, presentar un certificado de aprobación de examen teórico y práctico por una Academia autorizada por el Departamento.

10. Traducción jurada de la licencia de conducir, en caso los datos no sean en idioma español.

11.  Carta de la Embajada del país, en el caso de que la licencia de conducir no indique fecha de vencimiento.

12.  Examen de vista de agudeza visual, por profesional oftalmólogo u optometrista autorizado por el Departamento.

13.  Dos fotografías tamaño cédula.

14. El Garante debe probar fehacientemente que cuenta con los medios económicos suficientes para cubrir los gastos de los daños y perjuicios que ocasione el extranjero el cual deberá acompañar los últimos tres estados de cuenta firmados y sellados por el gerente o jefe de agencia, los cuales deberán tener un saldo a fin de cada mes con un mínimo de cinco mil quetzales (Q. 5,000.00).

Costo por emisión, renovación o reposición Q.50.00 por mes, según acuerdo Gubernativo 166- 2018 de fecha 01 de octubre de 2018.

NOTA: Toda la documentación legalizada por notario, deberá incluir número de colegiado activo del profesional, dirección de su oficina y número de teléfono, asimismo toda la documentación deberá venir en un fólder tamaño oficio con gancho debidamente identificado, la papelería deberá en el orden de los requisitos.

Obtención y renovación del permiso de conducir para personas extranjeras coreanas

El extranjero que se encuentre tramitando su Residencia Temporal en Guatemala, podrá solicitar ante el Departamento de Tránsito la expedición de un permiso de conducir (Artículo 24 tercer párrafo del Reglamento de Tránsito y acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la República de Corea sobre el Mutuo Reconocimiento e Intercambio de Licencia de Conducir).

Este trámite es personal, el permiso solicitado será entregado exclusivamente al interesado.

Presentar en un fólder tamaño oficio con gancho, la documentación que a continuación se detalla en el orden respectivo:

  1. Solicitud dirigida al Jefe del Departamento de Tránsito de la PNC, indicando dirección y número de teléfono para recibir notificaciones.
  2. Fotocopia completa de: pasaporte y licencia extranjera coreana original y copia.
  3. Fotocopia de la Resolución emitida por Migración en donde se demuestre su estado migratorio dentro del país (Constancia de trámite de expediente, de su residencia temporal o permanente RECIENTE) presentar dos fotocopias.
  4. Traducción jurada de la licencia de conducir o traducción de la embajada.
  5. Examen de vista de agudeza visual, por profesional oftalmólogo u optometrista autorizado por el Departamento.
  6. Dos fotografías tamaño cédula

Costo por emisión, renovación o reposición Q.50.00 por mes, según acuerdo Gubernativo 166- 2018 de fecha 01 de octubre de 2018.

NOTA: Estos requisitos aplican únicamente a las personas que tengan la licencia de conducir vigente.