Agentes refuerzan sus conocimientos en uso de alcoholímetro

Reforzar los conocimientos acerca del uso del alcoholímetro en los aspectos teóricos, prácticos y legales, es el propósito de la capacitación que el personal del Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil impartió a 35 agentes provenientes de las cinco sedes, Chimaltenango, Sanarate, Totonicapán, Escuintla y la Central, ubicada en la Ciudad de Guatemala.

Ever Yaxón, técnico estadístico del Observatorio Nacional de Seguridad del Tránsito (ONSET), indicó que es importante que los agentes de tránsito usen correctamente el medidor de alcohol cuando realizan los operativos en las distintas rutas del país, ya que así se podrá identificar a los automovilistas que conducen bajo efectos de licor y sancionarlos, lo que ayudará a prevenir hechos de tránsito.

Datos estadísticos del ONSET, indican que de enero a julio de 2021 se identificaron 555 conductores bajo efectos de alcohol, mientras que en 2020 se contabilizaron 413 a la misma fecha. También se dio a conocer que los viernes, sábados y domingos por la madrugada, son los días cuando más siniestros viales ocurren donde están involucradas estas personas.

Para prevenir hechos de tránsito y pérdida de vidas, debido a que los pilotos manejan en estado de ebriedad, el Departamento de Tránsito de la PNC efectúa campañas de concientización y sensibilización vial, en las que a los automovilistas se les habla sobre los riesgos de manejar bajo efectos de licor, no solo para ellos sino para otras personas que transitan por la vía pública. Asimismo, continuamente se llevan a cabo operativos, durante los cuales se hace la prueba de alcoholemia.

La Ley de Tránsito y su Reglamento, en su Artículo 40 bis, específica todo lo referente a las multas y retención o suspensión de las licencias de conducir a personas que conduzcan bajo influencias de bebidas alcohólicas. Las multas oscilan entre los 5 mil y 25 mil quetzales. De igual manera, el Código Penal tipifica como delito manejar en estado de ebriedad y específica las sanciones que podrían imponerse en el Artículo 157.

Según la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud, el riesgo de sufrir un siniestro mortal es 17 veces mayor para una persona que conduce bajo los efectos del alcohol.

Nota: Mauricio Flores
Fotos: Edwin García