El Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil informa que la licencia para conducir cualquier tipo de vehículo en la vía pública puede ser cancelada por un período de hasta 10 años, debido al incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Tránsito y su reglamento.
Según el artículo 41 de la Ley de Tránsito, el Departamento de Tránsito de la PNC puede aplicar esta sanción por cuatro causas:
Cuando un juez competente ordene la cancelación en casos vinculados a accidentes de tránsito donde se demuestre que el conductor estaba bajo los efectos del alcohol o drogas.
Cuando al titular de la licencia se le haya suspendido administrativamente por dos años calendario consecutivos.
Cuando el titular haya tenido la licencia suspendida en tres años calendario no consecutivos.
Cuando el conductor maneje un vehículo de transporte colectivo o de carga sin la licencia correspondiente.
Una vez cancelada la licencia de conducir, el titular no podrá realizar ninguna gestión para obtener una nueva de iguales características durante el período de la sanción.
Evite complicaciones, gastos innecesarios y la pérdida de este derecho cumpliendo con la Ley de Tránsito y su reglamento.